{"id":2408,"date":"2022-01-10T15:24:53","date_gmt":"2022-01-10T20:24:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.russellbedford.pe\/?p=2408"},"modified":"2022-01-10T15:24:53","modified_gmt":"2022-01-10T20:24:53","slug":"el-secreto-bancario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/el-secreto-bancario\/","title":{"rendered":"EL SECRETO BANCARIO"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">El secreto bancario, es uno de los pilares centrales sobre los que se ha construido la imagen de la banca, entendido como la obligaci\u00f3n que tienen las entidades del sistema financiero de no revelar detalles de las operaciones que realizan sus clientes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No obstante, tambi\u00e9n ha servido para que muchos clientes, cometan actos il\u00edcitos, se beneficien del secreto bancario y queden en el anonimato y las autoridades no puedan perseguirlos, por lo cual es una tendencia internacional de introducir reglamentaci\u00f3n en las cuales el secreto bancario no rige cuando hay una situaci\u00f3n de delito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La SUNAT, en atribuci\u00f3n de fiscalizadora y sancionadora, puede acceder a operaciones pasivas y saldos de cuentas que realizan los clientes con las entidades financieras, sin que se pueda alegar el secreto bancario. (DL 1434).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como es de conocimiento el derecho al secreto bancario, se encuentra recogido en el numeral 5 del art\u00edculo 2 de nuestra Carta Magna, se\u00f1alando que dicho secreto y la reserva tributaria solo pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Naci\u00f3n, o de una comisi\u00f3n investigadora del Congreso con arreglo a Ley y siempre que se refieran al caso investigado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sobre este particular el poder ejecutivo bajo delegaci\u00f3n del poder legislativo emiti\u00f3 02 (dos) Decretos Legislativos &#8211; 1313 (12 de enero de 2017) y \u00a01434 (16 de setiembre de 2018); ambas que se complementan y otorgan faculta al Superintendente Nacional de Aduanas y de Administraci\u00f3n Tributaria \u2013 SUNAT mediante escrito motivado a un juez de solicitar el levantamiento del secreto bancario en cumplimiento a tratados internacionales (CA) y en ejercicio de su funci\u00f3n fiscalizadora para combatir la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n tributaria. Asimismo, la informaci\u00f3n suministrada versa sobre: (a) operaciones pasivas (dep\u00f3sitos) de las empresas del sistema financiero referidas a saldos y\/o montos acumulados, promedios o montos m\u00e1s altos de un determinado periodo y los rendimientos generados, incluyendo informaci\u00f3n que identifique a los clientes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sobre dichos Decretos Legislativos (DL 1313 y DL 1434), se presentaron demandas, impugnando que contraven\u00edan las garant\u00edas constitucionales de exclusividad jurisdiccional, el debido proceso y secreto bancario. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) finalmente estableci\u00f3 que no se configura vicios de inconstitucionalidad y que el suministro de informaci\u00f3n financiera opera \u00fanicamente para el ejercicio de la funci\u00f3n fiscalizadora de la Sunat, a fin de combatir la evasi\u00f3n y la elusi\u00f3n tributarias, en cumplimiento de lo acordado en tratados internacionales o Decisiones de la Comisi\u00f3n de la Comunidad Andina.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al respecto, est\u00e1 sentencia del TC, precis\u00f3 que el suministro de la informaci\u00f3n a la SUNAT esta referida a: saldos y\/o montos acumulados; promedios de un determinado per\u00edodo; montos m\u00e1s altos de un determinado per\u00edodo; rendimientos generados, y que\u00a0en ning\u00fan caso se podr\u00e1 detallar los movimientos de cuenta de los clientes de las empresas del sistema financiero, y en caso se requiriera el detalle de esa informaci\u00f3n, corresponder\u00e1 a la entidad tributaria solicitar a un juez el levantamiento del secreto bancario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con fecha 09 de mayo de 2021, se aprob\u00f3 el reglamento que regula el suministro de informaci\u00f3n financiera a la SUNAT, que dispone entre otras cosas, la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n que contenga la informaci\u00f3n financiera para el combate de la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n tributarias; y los montos a informar son iguales o superiores 7 UIT (en el 2021 equivalente a S\/30,800).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con fecha 23 de julio de 2021, se public\u00f3 la Ley 31305, que ha modificado este art\u00edculo constitucional, disponiendo que el secreto bancario puede tambi\u00e9n ser levantado a solicitud del Contralor General de la Rep\u00fablica,\u00a0respecto de funcionarios y servidores p\u00fablicos que administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por este en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acci\u00f3n de control y a pedido del Superintendente de la SBS, para los fines espec\u00edficos de la inteligencia financiera.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A ra\u00edz de los acontecimientos, esta tendencia de ir levantado el secreto bancario, no es algo improvisado y \u00fanico en Per\u00fa, es una tendencia e imposici\u00f3n que se esta dando como parte del intercambio de informaci\u00f3n financiera de pa\u00eds que integran la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE). Actualmente, son parte de este convenio Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, M\u00e9xico y Per\u00fa. Asimismo, \u00a0uno de las principales pilares en su implementaci\u00f3n, radica en la seguridad y privacidad de la informaci\u00f3n, por lo cual la informaci\u00f3n es tratada bajo las reglas de confidencialidad y de seguridad informativa exigidas por los est\u00e1ndares y recomendaciones internacionales referidos al intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n financiera emitidos por la OCDE.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ahora, se entiende que es valido que SUNAT tenga acceso a estos datos, para que pueda verificar la correlaci\u00f3n de los ingresos y la declaraci\u00f3n de impuestos de una persona; y facilitar su labor fiscalizadora y de combate de la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n tributaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, est\u00e1 el riesgo de que informaci\u00f3n privada que administre la SUNAT, pueda trascender a terceros, lo que pondr\u00eda en riesgo el patrimonio y hasta la vida de los ahorristas del sistema financiero, lo cual podr\u00eda fomentar a que los ahorristas e inversionistas dejen de utilizar dicho sistema.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se prev\u00e9 que se incrementar\u00e1 los costos de las entidades financieras al proveer informaci\u00f3n semestral a la SUNAT de las operaciones de sus clientes, lo cual castigar\u00eda a\u00fan m\u00e1s, la ya baja tasa de inter\u00e9s que paga las entidades financieros por los dep\u00f3sitos de sus clientes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Considero que es importante la funci\u00f3n de control y fiscalizaci\u00f3n de la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n tributaria, sin embargo, no se deber\u00eda levantar el secreto bancario, que es una medida de fomento y ahorro reconocido y garantizado por la Constituci\u00f3n Peruana; ahora el uso de la confidencialidad de la informaci\u00f3n que utiliza la SUNAT, si bien es cierto, cumple en su procesos con est\u00e1ndares internacionales de la OCDE, esto no asegura que la informaci\u00f3n pueda ser utilizada por terceros y ser sujetos a robos, asaltos, secuestros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente estas medidas incentivan la des bancarizaci\u00f3n, por el uso de la informaci\u00f3n (protecci\u00f3n de datos personales) y las bajas tasas que se ofrecen por los dep\u00f3sitos las entidades financieras, lo cual podr\u00eda devenir en una informalidad en el sector.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><strong><em>Luis Acosta Peche<\/em><\/strong><br \/><strong><em>Socio de Auditor\u00eda<\/em><\/strong><br \/><strong><em>Russell Bedford Per\u00fa<\/em><\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":2,"featured_media":38903,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[11],"tags":[42],"class_list":["post-2408","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-general","tag-secreto-bancario"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2408","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2408"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2408\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38903"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2408"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2408"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/russell.renzozamora.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2408"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}